La Paz, 23 de mayo (RC).- La Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS) mediante un instructivo determinó a las empresas que briden una indemnización de 24 sueldos a los empleados que fallezcan o queden inválidos por coronavirus durante el ejercicio de sus funciones.
Del mismo modo, el instructivo de la ASUSS resalta que cualquier trabajador que fue confirmado de estar infectado COVID-19 y que se haya confirmado que no fue infectado como consecuencia de su trabajo tendrá acceso a un certificado temporal de incapacidad por accidente de trabajo.
Por su parte, el gerente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Gustavo Jáuregui, aseguró que no se puede determinar con certeza el lugar donde se contagió una persona como está determinado en el instructivo y consideró que es una “obligación injusta” para los empleadores.